
Nuestra clienta, una mujer de la tercera edad, se alojaba en un importante hotel del condado de Miami-Dade el Día de las Madres cuando tropezó con un umbral de puerta peligrosamente elevado y se cayó. El umbral medía 4.595 pulgadas de altura. La altura máxima permitida según el código de construcción de Florida es de 0.75 pulgadas; el umbral era casi cuatro pulgadas más alto, lo que constituía una violación flagrante del código que el hotel había decidido dejar sin corregir. La caída le provocó una fractura compleja de tobillo que requirió transporte de emergencia, hospitalización y una cirugía de reducción abierta con fijación interna. Mausner Group demandó a la empresa propietaria y administradora del hotel por la violación del código y por no haber advertido a los huéspedes sobre la condición peligrosa. El caso se resolvió mediante un acuerdo por $325,000.
El código de construcción de Florida establece alturas máximas para los umbrales exactamente por esta razón: los umbrales elevados son un peligro de tropiezo bien documentado, en particular para los huéspedes de la tercera edad. Un umbral casi seis veces mayor que la altura permitida no es un caso limítrofe. Es una infracción del código clara, documentada e indefendible. Mausner Group contrató a un experto que documentó las medidas exactas y estableció que el hotel tenía conocimiento de las alternativas disponibles que cumplían con el código y había optado por no instalarlas. El proceso de toma de decisiones de la propia parte demandada se convirtió en el eje central del caso de responsabilidad civil.
